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«5. Cuando en la solicitud auténtico del proceso monitorio se utilizaren los servicios profesionales de abogado y/o procurador para pedir las cantidades debidas a la Comunidad, el deudor deberá remunerar, con sujeción en todo caso a los límites establecidos en el apartado tercero del artículo 394 de la Condición de Enjuiciamiento Civil, los honorarios y derechos que devenguen ambos por su intervención, tanto si aquél atendiere el requerimiento de suscripción como si no compareciere ante el tribunal, incluidos los de ejecución, en su caso.
La semana pasada recibe una carta de la Información que lleva la Despacho de la Comunidad comunicándola que si en el plazo de 10 díTriunfador no pagase los 60€ que restaban de la derrama la meterían en un juicio con el correspondiente coste de las costas y demás gastos derivados del proceso.
El primero es por cuestión de plazos. Tengo evidencias más que contrastadas de que se tarda menos en conquistar el desahucio cuando no se manda burofax que cuando sí se manda.
En la ulterior reseña de comunidad, aparece que se acordó imputar los gastos al propietario precedente
Cuando en un juicio monitorio intervenga el Abogado y el Procurador, conforme a lo que indica el art. 24 de la Clase de Proceso Civil su apoderamiento deberá estar facultado o ser confirmado Apud Certificado por comparecencia personal.
Si tienen uds administrador por atención pregúntenle sobre las empresas que se dedican a la búsqueda de los herederos en caso de que no fueran conocidos, porque siempre existirá un sobrino, un tío, etc que se haga cargo de la herencia.
Buenas tardes, me reclamaban una deuda de 890 euros correspondientes a cuotas y derramas del año pasado y que el mes pasado me puse al corriente de plazo y al día. Ahora resulta que el administrador de fincas me pide que le ingrese el caudal del burofax reclamando la deuda y de la nota registral, que asciende a un total de 65 euros.
Incorporar los documentos que se requieren en el art. 21.2 de la LPH, notificación del acuerdo en la Agrupación aprobando la balance de la deuda, justificante de la notificación del acuerdo al propietario deudor, certificación de la Asamblea donde la propia Agrupación de propietarios otorga poderes al Presidente o aquel que acredite la representación de quién presente la demanda.
En principio lo que quieren asegurar con eso es que aunque las deudas hayan prescrito, la prescripción no se aplica automáticamente sino que hay que alegarla, a diferencia de la caducidad que si se aplica automáticamente, por lo que ellos no van a cancelar la deuda sin más, sino que tendrá que ser el moroso el que acuda al sentenciador a exigir que se declare la deuda extinguida por prescripción.
Estoy seguro por otra parte que en las actas de los sucesivos primaveras desde el año 2003 le ha figurado en la deuda irresoluto tanto de la convocatoria como del certificado, la deuda que ha ido acumulando. Debería ser suficiente para que vd.
que itinerario tiene si presentan un monitorio hasta enlace de bienes gananciales a nombre de los dos por deuda de comunidad de 2600 euros cuyo propietario el marido fallecio en junio de 2019 y ella es usufrutuaria, el tiene herederos, tiene la persona viva hacerse cargo de todo o puede anularse por que el ha fallecido. puede por cortesía contestarme por correo eletronico gracias
¿Es posible que la puedan meter en un proceso por ese valor? ¿Qué puede hacer ante la prepotencia de la información de fincas?
La segunda cuestión es: ¿Por qué la comunidad vecinos morosos tiene que remunerar al abogado las costas en aquellos casos en los que el moroso no ha satisfecho estas cantidades? ¿Nos puede atañer a pagar estos importes si no hay acreditación de que el deudor ha pagado?
Seguir - Comunidad de propietarios Antaño de exigir por la vía contencioso el plazo de los gastos comunes pendientes, es preciso enviarle al deudor